- 24 julio, 2023
- Las Nuevas Normas Urbanísticas de Madrid, en 10 claves
El Ayuntamiento de Madrid aprobó el pasado 17 de julio las nuevas normas urbanísticas de la capital, un cambio que tiene como objetivo adaptar el mercado inmobiliario a las necesidades de sus habitantes. El nuevo texto cuenta con medidas enfocadas a agilizar y simplificar trámites burocráticos, flexibilizar los usos y también incluye medidas pioneras para regular modelos de vivienda emergentes. Te contamos todos los detalles a continuación:
Tabla de contenidos
ToggleEstas son las 10 principales novedades que incluyen las nuevas normas urbanísticas de Madrid
1. Las viviendas de obra nueva tendrán que ser de mínimo 40 m2
Uno de los principales focos de esta modificación del Plan Urbanístico está centrado en el confort y la sostenibilidad de las viviendas para favorecer el bienestar de los madrileños. Por ello, el mínimo espacio que se requerirá para cualquier vivienda de obra nueva será de 40 m2. En este momento, una de cada 6 viviendas de la capital no cumple este requisito.En zonas consolidadas y con inmuebles muy grandes en la zona centro, en cambio, se permitirá la intensificación de viviendas, es decir, dividir viviendas de gran tamaño para crear más viviendas, siempre respetando el tamaño mínimo.2. Transformación de locales a viviendas
En un contexto de escasez de vivienda como el que nos encontramos, es clave poder flexibilizar los usos de ciertos inmuebles que han quedado obsoletos para destinarlo a aumentar el parque residencial. En este sentido, entre las nuevas normas se encuentra la regulación para transformar locales abandonados en viviendas, siempre que cumplan con las condiciones de habitabilidad, confort, seguridad, accesibilidad y salubridad que se exige a las construcciones de obra nueva.3. Regulación de coliving y cohousing
La actualización del Plan Urbanístico también ha sido pionera junto a Cataluña y la Comunidad Valenciana a la hora de regular dos modelos de vivienda emergentes que están experimentando un gran auge en el mercado madrileño: el coliving y el cohousing.Para el primero, que se caracteriza por espacios individuales más pequeños con grandes zonas comunes para favorecer el esparcimiento y la comunidad, la nueva norma establece que dichas zonas individuales no podrán ser inferiores a 15m2 por persona y, en caso de ser una vivienda compartida, cada persona deberá disponer de un mínimo de 10m2 de espacio.En el caso del cohousing, la regulación tiene el objetivo de aumentar el espacio en las zonas comunes para abarcar todas las zonas de estancia y ocio. En las casas privadas, las viviendas dispondrán de las piezas que considere cumpliendo el programa mínimo de vivienda, salvo la estancia comedor, que será libre. La superficie mínima de la vivienda será de 30 m2.4. Regulación de tendederos, trasteros y zonas comunitarias
Las nuevas normas incluyen la regulación de los tendederos, trasteros y zonas comunitarias. A partir de ahora, no será necesaria la separación física entre cocina y tendedero y se admite la planta baja para los trasteros sin computar edificabilidad.5. Excluir de edificabilidad los elementos que mejoren la eficiencia energética
Esta nueva normativa premia la eficiencia energética de los edificios excluyendo del cómputo de edificabilidad elementos que favorecen la sostenibilidad del inmueble.Algunos ejemplos serían las galerías bioclimáticas, locales de generación, almacenamiento y distribución de energías renovables, chimeneas solares y el incremento del espesor de cerramientos para aislamiento acústico y térmico.También aplica a escaleras adicionales y a las zonas de refugio que se deban disponer por adaptación a la normativa de seguridad en caso de incendio.Además, será posible sobredimensionar zonas comunes como escaleras y pasillos para facilitar la accesibilidad y el confort. Tampoco computarán los espacios en un edificio para alojar bicicletas o patinetes eléctricos ni los de recepción de paquetería o conserjería.
6. Flexibilizar y agilizar el desarrollo de suelos dotacionales y construcción de vivienda social
Para agilizar la tramitación y construcción de las dotaciones que necesitan los barrios, el ayuntamiento ha flexibilizado los usos y ha eliminado la necesidad de elaborar un plan especial. También se permite el uso de suelos dotacionales como zonas de esparcimiento o mejora del espacio urbano por un periodo máximo de 4 años mientras se construye el dotacional previsto.
Por otro lado, los suelos dotacionales también podrán destinarse a la construcción de vivienda de protección social y viviendas tuteladas para ayudar a colectivos que lo necesiten.
7. Recuperación y nuevos usos para los patios de manzana
Esta reciente modificación fomenta la edificación en los patios de manzana para mejorar sus condiciones medioambientales. Actualmente y, según el consistorio, el 35% de estos espacios carece de edificación y, en el 40%, existen edificios de 3 o más alturas. Al no contar con una regulación de usos, muchas de estas edificaciones se encuentran en desuso o abandono o, en el mejor de los casos, están siendo infrautilizadas como almacenes o cuartos de instalaciones.
De igual manera, se mantiene la obligación de recuperar la edificación de los patios si se llevan a cabo rehabilitaciones o se construye obra nueva y, en los patios existentes, se permite una flexibilización de los usos.
8. Más balcones y más grandes y “factor verde”
El nuevo texto aprobado también apuesta por incrementar el saliente de balcones y balconadas hasta 0,75 metros frente a los 0,45 que hay ahora y se añade la posibilidad de incluir terrazas sobre el espacio libre de parcela sin que computen edificabilidad siempre que estén descubiertas en al menos dos plantas.
Por otro lado, la modificación incluye un nuevo parámetro urbanístico, el factor verde. Su objetivo es ampliar la superficie vegetal en los edificios fomentando las cubiertas y fachadas verdes, así como ajardinado y arbolado en las zonas libres de parcela.
Se aplicará a las obras de nueva planta, sustitución, ampliación y en las de reestructuración y acondicionamiento generales.
9. Regulación de los usos logísticos y las cocinas industriales
Para las cocinas agrupadas, también conocidas como las “cocinas fantasma”, la modificación de las normas urbanísticas contempla su limitación en zonas residenciales, para favorecer así su traslado a polígonos industriales. En el caso de las zonas residenciales, estos espacios no podrán superar los 350m2 y deberán disponer de espacios de aparcamiento, espera, carga y descarga. El número de cocinas no podrá superar las 8.
10. Más seguridad jurídica y simplificación de los trámites burocráticos
En las nuevas normas se ha apostado por simplificar el lenguaje burocrático y, además, se ha hecho un esfuerzo por unificar todos los criterios interpretativos publicados en dos décadas, lo que mejora la seguridad jurídica.
Por otro lado, se han eliminado las exigencias del PECUAU (planes especiales de control urbanístico ambiental) ya que, durante el proceso de licencia, se llevan a cabo el mismo tipo de comprobaciones, lo que supondrá agilizar el visto bueno a los diferentes proyectos una media de año y medio.
¿Qué te parecen las medidas que ha implementado el Ayuntamiento de Madrid en su nuevas normas urbanísticas? ¿Crees que ayudarán a distensionar el mercado residencial?
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